La Procuración del Tesoro de la Nación consideró que ante la falta de operatividad por falla técnica del Sistema Electrónico de Contrataciones de la Administración Pública Nacional (COMPR.AR) durante el día de la apertura de ofertas, la Administración posee la facultad de dejar sin efecto el procedimiento de selección en cualquier etapa del proceso (Decreto N° 1023/2001, artículo 2°, siempre que el mismo tenga lugar antes de emisión de la orden de compra.El fundamento de tal proceder radica en la obligación de velar por vigencia de los principios rectores de las contrataciones y proveer al normal funcionamiento de los mecanismos para materializar dichos procedimientos.
https://www.ptn.gob.ar/buscarDictamenes/app/webroot/images/dictamenes/mayo2019/309-169.pdf